Derecho Laboral · Faltas y sanciones
Sello oficial marcando «FALTA GRAVE» sobre un documento

PRIMERO.— Te han sancionado o suspendido

Una amonestación, una suspensión de sueldo y empleo, una falta que te imputan y que no sabes si es real o inventada. Antes de aceptarlo, hay que revisarlo.

SEGUNDO.— Lo que reviso siempre

  • Proporcionalidad: la sanción tiene que ser proporcional a la falta. No te pueden suspender una semana por llegar tarde un día
  • Forma: tienen que notificarte por escrito, con los hechos concretos y la fecha. Si no lo hacen bien, la sanción es impugnable
  • Plazos: la empresa tiene un tiempo limitado para sancionarte desde que supo los hechos —60 días desde que lo supo, o 6 meses desde que pasó. Si se les ha pasado, la sanción no vale
  • Veracidad: lo que dicen que hiciste, ¿es verdad? ¿tienen pruebas reales, o solo su palabra?

TERCERO.— Qué puedes hacer

  • Impugnar la sanción ante el Juzgado de lo Social
  • Conseguir que la anulen total o parcialmente
  • Si es un despido disciplinario improcedente, cobrar la indemnización que corresponda

Tienes 20 días hábiles para impugnar. No te duermas.

CUARTO.— ¿Hablamos?

Si te han sancionado y crees que no es justo, vamos a revisarlo.

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